lunes, 11 de mayo de 2009

02-2009 DONACION a la Diócesis de Puerto Iguazú

Puerto Iguazú, 05 de marzo de 2009.

Expediente Nº 05/09, Letra “DEM”

ORDENANZA Nº 02/09

VISTO:
La Ordenanza Nº 56/91 por la que se desafecto como reserva para espacio verde la subdivisión del Lote Uno (1) de la Manzana “C” identificado en su plano adjunto con Lote Diez (10) y se destino el mismo al Obispado de Puerto Iguazú; y

La Ordenanza Nº 62/00 por la que se desafecto como reserva para espacio verde la subdivisión del Lote Uno (1) de la Manzana “C” identificado en su plano adjunto con Lote Nueve (9) y se destino el mismo al Obispado de Puerto Iguazú; y

La Ordenanza Nº 33/08 por la que se donó a la Diócesis de Puerto Iguazú los Lotes individualizados como Nueve-b (9-b) y Lote Diez (10) de la Manzana “C” según croquis que formaban parte de las citadas ordenanzas, regularizando lo dispuesto en las ordenanzas citadas precedentemente; y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Nº 56/91 fue dictada cuando el Municipio de Puerto Iguazú se regía por lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 257, la que en su Artículo 53 ultimo párrafo dispone: la posibilidad de realizar donaciones de inmuebles a entidades de bien público con personería jurídica y a órganos del Estado; y

Que la Ordenanza Nº 62/00 si bien fue dictada durante la vigencia de la actual Carta Orgánica Municipal, lo fue antes de la sanción de la Ordenanza 09/01 y su modificatoria Ordenanza 51/04 que regulan el régimen de los inmuebles de dominio privado municipal, por lo que corresponde aclarar: que al no encontrarse expresamente prohibida en la carta orgánica la donación de tierras, y conforme lo dispuesto en el Artículo TERCERO de las Disposiciones Transitorias de la misma, que las donaciones realizadas al Obispado de Puerto Iguazú se encuentran conformes a derecho; y

Que al confeccionarse y aprobarse la subdivisión del Lote Uno (1) de la Manzana “C” o Ciento Doce (112) (antes Espacio verde), según Plano de Mensura Nº 43414 de fecha 21-May-2008; y la subdivisión del Lote Uno-A (1-A) de la Manzana “C” o Ciento Doce (112) (antes Espacio verde), según Plano de Mensura Nº 43871 de fecha 25-Sep-2008; se cambió la denominación de los lotes citados en las ordenanzas originales, puesto que las mismas hacían referencia a un croquis o proyecto de mensura, siendo la denominación definitiva de los lotes donados la siguiente:

- Lote Diez (10) corresponde según plano Lote Uno-B (1-B).
- Lote Nueve-b (9-b) corresponde según plano Lote Uno-D (1-D).

Que para la confección de los títulos de propiedad es necesario que se aclare por ordenanza la nueva denominación de las fracciones oportunamente desafectadas como espacio verde y donadas.

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZU
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: MODIFICASE el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 33/08 quedando redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1º: DONASE a la Diócesis de Puerto Iguazú en cumplimiento de los antecedentes mencionados en el visto y los considerandos de la presente los inmuebles determinados como: Lote UNO-B (1-B), nomenclatura catastral: Dto 09 – Mun 43 – Secc 002 – Chac 0000 – Mz 0112 - Parc 01-B, según Plano de Mensura Nº 43.414, con una superficie de 9.164,22 m2; y Lote UNO-D (1-D), nomenclatura catastral: Dto 09 – Mun 43 – Secc 002 – Chac 0000 – Mz 0112 - Parc 01-D, según Plano de Mensura Nº 43.871, con una superficie de 1.350,00 m2.”
ARTICULO 2°: REGISTRESE, COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines establecidos en la Carta Orgánica Municipal, Art 88, inc ¨e¨. Cumplido ARCHIVESE.