lunes, 14 de diciembre de 2009

46-2009 Apruebase Convenio entre Municipalidad e Iprodha sobre plan techo

Ciudad de Puerto Iguazú, 19 de noviembre de 2009.

Expediente Nº 68/09 Letra “DEM”

ORDENANZA Nº 46/09.-

VISTO

El convenio firmado entre la Municipalidad de la Ciudad de Puerto Iguazú y el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (I.PRO.D.HA.) en el marco del Programa “PLAN TECHO”, con el objetivo de realizar por parte de la Municipalidad la adquisición y montaje de 20 (veinte) Kits con presupuesto de pesos cuarenta y un mil ($41.000), para el total de los Materiales componentes de los kits de cerramientos de Madera, pesos sesenta mil ($60.000), por el total de los materiales componentes de los kits para la Reposición de Cubiertas de Techos, pesos cuatro mil cuatrocientos ($4.400), por el total de Mano de Obra calificada, flete y/o gastos administrativos que se utilicen, según cláusula segunda del Convenio Nº 1266, mediante financiación del I.PRO.D.HA., con aportes no reintegrables; y

CONSIDERANDO

Que la Municipalidad se compromete a ejecutar los reemplazos de Cubiertas de Techos mencionados precedentemente, en un todo de acuerdo al Anexo II según Resolución Reglamentaria Nº 87/07, que forma parte del Convenio Nº 1438/09.

Que en caso de incumplimiento del Convenio por parte de la Municipalidad, el mismo contempla en la cláusula sexta la restitución de los montos e intereses resarcitorios mediante retención automática de la Coparticipación de Impuestos pertenecientes a la Municipalidad. Las responsabilidades reciprocas ante la Municipalidad de la Ciudad de Puerto Iguazú y el I.PRO.D.HA., se encuentran establecidas en el Convenio precitado.

Que si bien la Ordenanza de aprobación del Presupuesto General contempla la incorporación de los aportes para fines determinados mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal, cabe en éste caso su aprobación por Ordenanza en razón de la afectación de la Coparticipación de Impuestos, para el caso de incumplimiento por parte de la Municipalidad de las condiciones establecidas en el Convenio y como consecuencia, la eventual reposición de los aportes y sus intereses.

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A

Artículo Nº 1: APRUEBASE el Convenio entre la Municipalidad de la Ciudad de Puerto Iguazú y el Instituto de Desarrollo Habitacional (I.PRO.D.HA.), por un monto total de pesos ciento cinco mil cuatrocientos ($105.400), suscripto en el marco del Programa “PLAN TECHO”, para la realización por parte de la Municipalidad de la obra de veinte (20) Kits de cerramiento de madera y veinte (20), de Materiales de Reposición de Cubiertas precarias, destinadas a las familias de la comunidad Aborigen “IRIAPU”.

Artículo Nº 2: APRUEBASE la afectación de la Coparticipación de Impuestos Municipales en las condiciones y por las causales establecidas en la cláusula sexta del Convenio precitado.

Artículo Nº 3: REGISTRESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines establecidos en la Carta Orgánica Municipal, Art. 88 –Inciso “e”-, cumplido, ARCHIVESE.-