Ciudad de Puerto Iguazú, 06 de agosto de 2009.
Expediente Nº 12/09 Letra “DEM”
ORDENANZA Nº 29/09.-
VISTO:
El proyecto de mensura particular presentado por la Provincia de Misiones de tres lotes ubicados en el Barrio Riberas del Paraná; y
CONSIDERANDO:
Que el municipio, en conjunto con el Gobierno Provincial, se encuentra abocado al ordenamiento territorial de la ciudad, uno de cuyos aspectos es la regularización dominial de lotes que no presentan obstáculos legales y urbanístico; y
Que los terrenos no se ajustan a lo prescripto en el Inc 5) del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 100/06; y
Que la Dirección General de Tierras y Colonización de la Provincia de Misiones ha solicitado la aprobación del Plano de Mensura a fin de poder regularizar la situación de dominio de los ocupantes.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZU
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: APRUEBASE el Proyecto de Mensura particular con fraccionamiento solicitado por la Provincia de Misiones de la parcela identificada catastralmente como Dep 09 Mun 43 Sec 02 Chac 000 Mz 409 Parc 0022 y 0023, según anteproyecto de mensura adjunto que forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º: EXCEPTUASE lo prescrito en el Inc 5) del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 100/06 a la subdivisión autorizada por el Artículo 1º.
ARTÍCULO 3º: REGISTRESE. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines establecidos en el Art. 88° Inc “e” de la Carta Orgánica Municipal. Cumplido. Archivese.
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