Ciudad de Puerto Iguazú, 01 de octubre de 2009.
Expediente Nº 51/09, Letra “C”
COMUNICACIÓN Nº 06/09
VISTO.-
La carencia de rampas para discapacitados que poseen las calles y avenidas de nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO.-
Que este Honorable Concejo ha aprobado por Ordenanza Nº 01/09 la construcción de rampas en sectores representativos de nuestra ciudad;
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha vetado dicha Ordenanza por considerar que no podía incluirse en el actual presupuesto si se construían en el plazo fijado;
Que el Expediente Nº 126/08 al cual pertenece este anteproyecto se encuentra en vigencia parlamentaria;
Que es intención genuina de este Honorable Cuerpo que la construcción de dicha obra se haga efectiva;
Que es responsabilidad del Estado Municipal, Departamento Ejecutivo Municipal y Honorable Concejo Deliberante, velar por el desenvolvimiento de los ciudadanos, vecinos y turistas con capacidades diferentes que circulen por nuestra ciudad;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZÚ
C O M U N I C A
Al Departamento Ejecutivo Municipal, que en un plazo no mayor a los 45 días, presente a este Honorable Concejo el siguiente informe:
1-Presupuesto detallado de la construcción de rampas en las siguientes calles: calle Ing. Eppens; Av. Brasil; calle Perito Moreno entre Alvar Núñez y Bertoni; Bonpland entre Av. Victoria Aguirre y Av. Córdoba; Av. Misiones entre Av. Brasil y Av. Córdoba; Av. Córdoba entre Av. Victoria Aguirre y Av. San Martín; Av. San Martín entre Av. Brasil y Av. Córdoba; calle Alvar Núñez, entre Av. Misiones y Av. Victoria Aguirre; calle Thays; Av. Tres Fronteras entre Florida y Av. 9 de Julio; Av. República Argentina entre Av. Victoria Aguirre y Salto 3 Mosqueteros; Av. 9 de Julio entre Av. Victoria Aguirre y Palo Rosa y Av. Las Calandrias entre Av. Victoria Aguirre y Las Golondrinas.
2-Se presupuestarán también las rampas a construirse en las veredas y accesos a todos los edificios escolares que se encuentren, tanto dentro del ejido urbano como suburbano de la ciudad.
3-Dentro del mismo plan de accesibilidad, deberán presentar un registro de todas las instituciones públicas a las que se deba solicitar la construcción de rampas en el acceso a sus edificios.
4-Esbozar un plan de inversiones anuales, hasta completar la construcción de rampas en las arterias más representativas de cada sector de la ciudad.
5-Presentar el diseño de cómo se efectuará la construcción, que se realizará de acuerdo a lo establecido en las ordenanzas correspondientes.
Que vida la mia..♫♪
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Me despierto en la mañana, para verte pasar,
y tenerte en mi mente por el resto del dia...
Que vida, la mia...
Aun no se tu nombre y ya eres dueña de mi,
y m...
Hace 13 años