viernes, 31 de julio de 2009

28-2009 Designacion con nombre Raul Alfonsin a la calle Mburucuyá

Puerto Iguazú, 30 de julio de 2009.

Expediente Nº 25/09 Letra “C”


ORDENANZA Nº 28/09.-

VISTO:
El fallecimiento del Ex Presidente de la Nación, Dr. Raúl Ricardo Alfonsín, acaecida el 31 de marzo próximo pasado, y

CONSIDERANDO:
QUE su figura, como primer Presidente de la democracia, luego de un largo período de ruptura del orden Institucional con golpes de Estado que instauraban gobiernos de facto.
QUE bajo su mandato se consolidó la democracia, soportando sublevaciones de militares, paros generales abusivos y un contexto económico internacional ampliamente desfavorable para las economías de la región.
QUE impulsó el Juicio histórico y sin precedentes a las Juntas Militares que gobernaron en una feroz dictadura y a los líderes guerrilleros que iniciaron una lucha armada aún en tiempos de democracia.
QUE inició la integración profunda con los países vecinos, conformando el MERCOSUR, entidad fundamental para el desarrollo y vinculación cultural, técnica y social entre los países miembros.
QUE resolvió el conflicto limítrofe de antigua data con Chile en un proceso de mediación con la consulta al pueblo argentino.
QUE su trayectoria ha sido reconocida ampliamente dentro y fuera de las fronteras de nuestro país, como país, como la de un estadista, dedicado a su Patria.
QUE sus virtudes personales y públicas lo han destacado con un paradigma de hombre público.
QUE el pueblo argentino ha dado sobradas muestras de reconocimiento a su personalidad.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZU
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: DESIGNASE con el nombre de “RAÚL ALFONSÍN”, a la actual calle Mburucuyá, en todo su recorrido desde su intersección con la Av. Presidente Perón hasta la Av. Hipólito Irigoyen.

ARTICULO 2°: Efectuase en un plazo máximo de 30 días corridos de promulgada la presente, la notificación a los frentistas de la mencionada calle y se proceda a modificar la cartografía correspondiente y a señalizar el lugar.

ARTICULO 3°: REGISTRESE, COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines establecidos en el Articulo 88 –inciso “e”- de la Carta Orgánica Municipal, CUMPLIDO, ARCHIVESE.