Puerto Iguazú, 02 de Julio de 2009.-
Expediente Nº 24/09 Letra “P”
ORDENANZA Nº 27/09.-
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Humberto Rojas y el Sr. Juan Barreto, solicitando la subdivisión del inmueble identificado como DEP 09, MUN 43, SEC 002, CHAC 0000, MZ 0019, PARC 0036; y
CONSIDERANDO:
Que, lo solicitado tiene por objeto permitir la división del inmueble en dos lotes, y que manifiestan sana intención de regularizar éste hecho consumado e irreversible, originado involuntariamente en una etapa de transición de este sector de nuestra ciudad, sin afectar las condiciones urbanísticas de la zona en que se encuentran.
Que, se hace necesario contemplar una excepción a lo establecido en el Plan Regulador, por cuanto los lotes que resultan de tal subdivisión son de inferiores medidas y superficies a las establecidas para la zona.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZU
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Articulo 1º: AUTORIZASE la subdivisión del lote identificado como Nomenclatura Catastral DEP 09, MUN 43, SEC 002, CHAC 0000, MZ 0019, PARC 0036; solicitado por el Señor Humberto Rojas, D.N.I. Nº 93.256.399 y el Señor Juan Barreto D.N.I. Nº 14.850.228, conforme al proyecto de mensura que se adjunta como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Articulo 2º: EXCEPTUASE de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 100/06 (Plan Regulador), en su Anexo I, Matriz de Uso de Suelo, lo dispuesto en el Articulo 1º de la presente.
Articulo 3º: REGISTRESE, COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines establecidos en el Articulo 88 –inciso “e”- de la Carta Orgánica Municipal, CUMPLIDO, ARCHIVESE.
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