martes, 16 de junio de 2009

22-2009 Autorizase Unificación y Fraccionamiento a favor sucesores de Pedro Osorio

Ciudad de Puerto Iguazú, 11 de Junio de 2009.

Expediente Nº 34/09 Letra “P”

ORDENANZA Nº 22/09

VISTO:
La nota presentada por los herederos de la sucesión de Pedro Osorio, por la cual solicitan a este cuerpo legislativo, la autorización por vía de excepción, para realizar la mensura particular con unificación y fraccionamiento de los lotes 11 y 12 de la Manzana D, que se describe catastralmente como Parcelas 13 y 14 de la Mz 043 del Plano D.G.C. Nº 22.502; y

CONSIDERANDO

Que, los herederos de la sucesión de Pedro Osorio, han presentado un acuerdo preliminar de partes, prestando consentimiento a lo solicitado ad referéndum de su respectiva homologación judicial; y

Que, se hace necesario a modo de facilitar la futura resolución del juicio sucesorio, contemplar la excepción a lo establecido en el Plan Regulador, por cuanto los lotes que resultan de tal subdivisión son de inferiores medidas y superficies a las establecidas para la zona.

Que, el lote identificado se encuentra comprendido dentro del Plan Regulador como Alineamiento Comercial, los cuales no afectarán las condiciones urbanísticas de la zona en que se encuentran.

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZU
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A

Articulo 1º: AUTORIZASE la unificación y fraccionamiento del lote identificado como Lote 11 y 12 – Manzana D, Chacra 14, Parcelas 13 y 14 – Mz 043 – Plano DGC 22.502; a favor de los sucesores del Señor, Pedro Osorio L.E. Nº 2.577.483, conforme al proyecto de mensura que se adjunta como Anexo I y forma parte integrante de la presente ordenanza.

Articulo 2º: EXCEPTUASE de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 100/06 (Plan Regulador), en su Anexo I, Matriz de Uso de Suelo, lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente.
Articulo 3º: REGISTRESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, Cumplido, ARCHIVESE.